Nuestra Fundación fue constituida en enero de 2018 con el objetivo de brindar apoyo y ayuda en todo lo relacionado con los derechos humanos y el medio ambiente.  Por lo tanto muy respetuosamente les damos a conocer nuestro plan de trabajo, lo primero es conseguir recursos para la contratación de profesionales los cuales van a elaborar los diferentes proyectos de acuerdo a las necesidades de la comunidad y del medio ambiente, para presentarlos a las diferentes instituciones oficiales de Colombia, gobiernos internacionales, empresas privadas, organizaciones y ciudadanos nacionales e internacionales.  Una de nuestras metas  es la de gestionar estos proyectos de impacto social y ambiental para contribuir en el desarrollo y mejoramiento de las comunidades más necesitadas, para ello requerimos del apoyo de  todos ustedes.   La población beneficiada con estos proyectos serán víctimas del conflicto armado en Colombia, Población Afrodescendiente, comunidades indígenas, desplazados, refugiados extranjeros y comunidades en alto grado de vulnerabilidad.

Hay un tema de suma importancia como los demás, pero este asunto hay que prestarle mucha atención de inmediato y la fundación va a trabajar para brindarle el apoyo necesario y nos referimos a  los hermanos venezolanos quienes están pasando por una crisis social y económica bastante fuerte en su país; debido a esto, están cruzando las fronteras de Colombia; el departamento de Arauca es una de las zonas limítrofes por donde a diario se desplazan cientos de ciudadanos venezolanos con sus familias a buscar un trabajo para poder comer algo y enviarle o llevarle provisiones de alimentos y de aseo a sus demás familiares que esperan con anhelo en las noches o los días el regreso del ser querido que viajó a Colombia.  Cuando no lo consiguen los vemos mendigando  y durmiendo en las calles y parques en los diferentes municipios y ciudades de nuestro país.

Estas situaciones son dramáticas, parten el alma ver por la que deben pasar estos seres humanos,  muy duro verlos en esas condiciones, ellos cruzan la frontera  para buscar una mejor condición de vida; es ahí en donde la fundación que tiene la sede en el departamento de Arauca, les vamos a brindar las ayudas necesarias de acuerdo a las normas y leyes colombianas.

Llevar brigadas de salud, ayudas humanitarias, capacitación en diferentes oficios, conversatorios en temas de paz y post conflicto, cultura, deportes y recreación,  a toda la población mencionada anteriormente.

Lo ideal será desarrollar muchos más proyectos de impacto ambiental y social en los cuales van a ser  beneficiados, y a la vez, se generará fuentes de empleo para ellos mismos.

Para obtener estos logros, necesitamos del apoyo de ustedes con sus donaciones,  también se pueden unir a nuestra fundación como benefactores y honorarios, desde cualquier lugar del mundo;  según lo estipulado por nuestros estatutos.

Para la Fundación es de mucha ayuda tenerlos en nuestro equipo, para que con la gestión de ustedes y de nosotros, muchas empresas, organizaciones, entidades públicas y privadas,  personas del mundo entero conozcan de nuestros proyectos y se unan a esta causa solidaria.

Para toda donación, o vinculación a nuestra causa de “Ayúdame a Ayudar” en la Fundación estamos atentos para brindarle la información en la Carrera 24 No. 14-115 Barrio San Miguel del municipio de Tame – Arauca, a través de correo electrónico: fundhambiente@gmail.com, y teléfonos: 3138303154 – 3183663977, también en el link “Ayúdame a Ayudar” en nuestra página oficial www.fundhambiente.org.co.

Una vez realizada la donación, esperamos nos envíe reporte de la transacción al e-mail fundhambiente@gmail.com; de igual forma La Fundación le enviará notificación de la misma al correo electrónico que registró.

Es grato para Fundhambiente contar con personas que apoyan nuestra labor, por lo que de nuestra parte recibirá un Diploma de Reconocimiento y Agradecimiento por contribuir a dignificar la vida de otras personas, la protección y defensa del medio ambiente.

La única cuenta bancaria de ahorros de Bancolombia No. 840-940197-10, a nombre de la Fundación es la autorizada para recibir las donaciones.

Si su donación la desea realizar por otro medio, en la Fundación estaremos dispuestos a indicarle la forma y/o Entidad por la cual lo puede hacer.

Cuando los proyectos estén en marcha o terminados invitarlos a que los conozcan y sean veedores de la ejecución o terminación de los mismos, todos los proyectos en ejecución y ejecutados como también toda la labor social, humanitaria y ambiental que realice la fundación será subida a la página oficial.

A continuación encontrarán los pasos a seguir para hacer parte como benefactores y honorarios, en la fundación, junto con las directrices  estatutarias que rigen el ser miembro de la fundación en este rol.

Enviar la hoja de vida al correo electrónico de la fundación solicitando el interés de hacer parte de nuestra causa “Ayúdame a Ayudar”.

BENEFACTOR:

Grupo de miembros conformado por las personas naturales o jurídicas que con posterioridad a la firma del acta de constitución y su registro, soliciten formalmente ser aceptados y admitidos como tales; y su solicitud será estudiada  para su aprobación  por el representante legal; los benefactores se vinculan a la entidad con el objeto de brindar aportes, asesorías, participación en diversos programas o proyectos, trabajo en equipo, y no tendrán derecho a voto en las decisiones de la fundación; y no podrán ser parte de ningún cuerpo directivo de la entidad, y no serán parte de la asamblea general.

HONORARIOS:

Grupo de miembros conformado por las personas naturales o jurídicas que con posterioridad a la firma del acta de constitución y su registro, soliciten formalmente ser aceptados y admitidos como tales; y su solicitud será estudiada para su aprobación  por el representante legal; los HONORARIOS son personas que, por su reconocimiento público, forman parte de la entidad, y su participación será dada para lograr reconocimiento público de la entidad. Los honorarios no tendrán derecho a voto en las decisiones de la fundación; y no podrán ser parte de ningún cuerpo directivo de la entidad, y no serán parte de la asamblea general.

Derechos de los BENEFACTORES y HONORARIOS:

Participar como integrante de la fundación, en diferentes eventos de carácter social. No participara  en la asamblea general, no formará parte de los órganos de dirección, no podrá ser directivo, no tendrá cargos dentro de la entidad, no tendrá voto en las decisiones que se lleven a cabo dentro de la entidad, ya que se considera que los mismos participan de manera esporádica para determinadas acciones, eventos, programas, etc.

DEBERES:

Son deberes de los FUNDADORES, ADHERENTES, BENEFACTORES de la FUNDACIÓN SOLIDARIA POR LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS Y EL MEDIO AMBIENTE. Los que se consignan a continuación y los que se deriven de decisiones de carácter general, adoptadas por la Asamblea General:

1)    Comprometerse a efectuar los aportes ordinarios y extraordinarios cumplidamente; entendido que los compromisos económicos que aprueba la asamblea general se consideran para efectos legales, obligaciones claras, expresas y exigibles a cargo de cada uno de los participantes de la asamblea general, tanto en calidad de fundadores, adherentes, benefactores.

2)    Comprometerse a participar en las actividades de la Fundación.

3)    Utilizar en publicaciones, hojas de vida, correspondencia oficial o de interés para la Fundación su condición de integrante de esta organización.

4)    Solicitar la convocatoria de la Asamblea, de acuerdo con estos estatutos.

5)    Cumplir los Estatutos, reglamentos, resoluciones, comisiones o trabajos asignados por la Asamblea General.

6)     Velar por la buena imagen de la Fundación.

7)    Acatar las decisiones tomadas por la Asamblea General.

8)    Comprometerse con los principios y fundamentos de la Fundación.

9)    Abstenerse de retirar elementos o útiles de trabajo, documentos o informes sin la previa autorización del responsable directo.

10)    Obrar en sus relaciones con la Fundación y la comunidad con ética y lealtad.

11)    Velar por el buen manejo del patrimonio, bienes de la fundación.

12)    Pagar puntualmente las cuotas ordinarias y extraordinarias acordadas por la Asamblea General, según su categoría de integrante.

13)    Representar con responsabilidad la participación de la fundación en cualquier evento al que asista en nombre de esta organización y rendir informe escrito de dicha participación en un plazo no mayor a diez (10) días de haberse cumplido el señalado evento.

14)    Asistir puntualmente a las reuniones de la Asamblea General y de los comités de trabajo, desde la hora fijada para su inicio hasta que se agote el orden del día.

15)    Las demás impuestas por las disposiciones legales, estatutarias, reglamentarias, los acuerdos de la Asamblea.

PROHIBICIONES:

Se prohíbe a todos los vinculados de la FUNDACIÓN:

  1. a) Intervenir en asuntos que comprometan el respeto debido a la autonomía de LOS FUNDADORES, ADHERENTES, BENEFACTORES Y HONORARIOS de LA FUNDACIÓN, su buen nombre o prestigio.
  2. b) Discriminar, actuando como miembro de LA FUNDACIÓN, a personas naturales o jurídicas, por circunstancia de credo político o religioso, sexo, raza, nacionalidad u origen geográfico, clase o capacidad económica.
  3. c) Usar el nombre y demás bienes de LA FUNDACIÓN con propósitos diferentes a los objetivos institucionales, en beneficio particular o en contravención a las disposiciones estatutarias o reglamentarias.
  4. d) Usar las sedes o lugares de ejercicio o desarrollo del objeto social como lugares de reuniones no autorizadas por el representante legal de LA FUNDACIÓN, o para fines distintos a los autorizados expresamente.

PARÁGRAFO: Las conductas que se indican en este artículo, implican para LOS FUNDADORES, ADHERENTES, BENEFACTORES Y HONORARIOS obligaciones de no hacer.  Estas conductas se consideran faltas graves y originan las sanciones pertinentes, por contrariar el ejercicio responsable de los derechos de LOS FUNDADORES, ADHERENTES, BENEFACTORES Y HONORARIOS, por afectar la buena marcha y por contravenir los principios y normas de FUNDACIÓN.

SANCIONES:

LA FUNDACIÓN podrá imponer a los fundadores, adherentes, benefactores, honorarios; las siguientes sanciones, previa solicitud escrita de descargos y el término para presentarlos:

  1. Amonestaciones. – Serán impuestas por la asamblea general, según reglamento previsto para el efecto. (Debe elaborar el reglamento de las sanciones, que indique, causales, procedimiento y régimen sancionatorio).
  1. Suspensión temporal de la calidad de FUNDADOR, ADHERENTE, BENEFACTOR, HONORARIO:

La asamblea podrá suspender temporalmente a cualquier miembro en el ejercicio de sus derechos, por cualquiera de las siguientes causales:

1.1          Retraso en el pago de los aportes o cuotas, en la forma establecida por la Asamblea General.

2.2.         Incumplimiento en materia leve de sus deberes, cuando no hayan sido atendidas las previas llamadas de atención.

2.3.         Configuración de cualquiera de las causales de pérdida de la calidad de FUNDADOR, ADHERENTE, BENEFACTOR, HONORARIO, mientras la Asamblea General decide.

  1. Expulsión. – Será impuesta por la asamblea general, por cualquiera de las causales siguientes:

3.1.         Violar en materia grave o leve pero reiterada, los estatutos de La FUNDACIÓN, la declaración de principios o las disposiciones de la Asamblea General.

3.4.         Incurrir en algunas de las causales que se determinen en el manual ético y moral de FUNDACIÓN, y su reglamentación interna.

3.5.         Acumulación de tres suspensiones temporales.

  1. Otras sanciones. – la fundación También podrá imponer otras sanciones que estime pertinentes, siempre y cuando previamente hayan sido establecidas por la Asamblea General.

RETIRO:

LOS FUNDADORES, ADHERENTES, BENEFACTORES Y HONORARIOS; podrán solicitar por escrito a la asamblea general, el retiro de la entidad y perder de manera definitiva dicha calidad, El retiro voluntario para LOS FUNDADORES, ADHERENTES, BENEFACTORES Y HONORARIOS; lo autoriza la asamblea general, previa solicitud escrita del interesado.

En el momento de solicitud del retiro voluntario, cuando existan cuentas pendientes para con LA FUNDACIÓN, la persona que desee retirarse, lo podrá realizar siempre y cuando se encuentre a paz y salvo por todo concepto, o mediante el giro de un título valor en favor de la FUNDACIÓN SOLIDARIA POR LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS Y EL MEDIO AMBIENTE , que garantice el pago de dichas acreencias, o mediante un acuerdo de pago realizado con el representante legal, donde se podrá dar como plazo máximo un año; y a partir del pago o acuerdo de pago, cesarán todos los efectos futuros de obligaciones, deberes, derechos, según la calidad que ostentara.

EXPULSION:

La expulsión de los FUNDADORES, ADHERENTES, BENEFACTORES Y HONORARIOS; la aplicará la asamblea por votación de las dos terceras (2/3) partes de sus integrantes.

PARÁGRAFO: La expulsión sólo podrá realizarse previa comprobación de las irregularidades cometidas por el implicado en detrimento de la estabilidad y el prestigio de la institución, con sujeción al debido proceso observando los principios del derecho a la defensa, doble instancia, publicidad y contradicción, legalidad de la prueba, respeto por la dignidad humana, etc.

INSCRIPCION: El valor de la inscripción será del 20% del valor del salario mínimo legal vigente en Colombia; para el año 2018 el costo será de Ciento cincuenta y seis mil doscientos cuarenta y ocho pesos ($156.248,oo).

Para gastos de sostenimiento de la Fundación, se estipula una cuota mensual por el mismo valor de la inscripción.

Estos valores cambiarán cada año de acuerdo al salario mínimo legal vigente en Colombia.